“Por disposición de la Ley reguladora de los estacionamientos públicos, este negocio está obligado a garantizar la seguridad de los vehículos a su cargo, así como la de sus accesorios y objetos guardados en ellos.
El incumplimiento de esta obligación autoriza al cliente para cobrar daños y perjuicios, en la vía judicial. Toda renuncia expresa o tacita, de esta obligación, se reputara como nula”
- Es obligación y responsabilidad de los propietarios o conductores de los vehículos que accedan al parqueo a reportar los objetos dejados dentro de los vehículos, tomar medidas de precaución tanto Seguridad como Administración. ( Art.2 Reglamento a la Ley Reguladora de Estacionamiento Públicos Ley No.7717 y decreto ejecutivo No. 28829- MOPT)
- En el caso de dejar objetos en su vehículo, favor solicitar a la seguridad una boleta de declaración describiendo los bienes u objetos dejados dentro del respectivo vehículo. (Art.2 Reglamento a la Ley Reguladora de Estacionamiento Públicos Ley No.7717 y decreto ejecutivo No. 28829- MOPT)
- Al cerrar su vehículo, active los mecanismos de seguridad con l0s que este cuente. verificando puertas y ventanas.
- Reporte a seguridad si su vehículo cuanta con alguna debilidad en llavines o ventanas u otro.
- Los reclamos se deben reportar el mismo día y antes de salir de las instalaciones.
- Santa Ana Town Center no será responsable en caso de incumplirse estos requisitos.
- Nuestro parqueo se cierra 1 hora después del cierre del centro comercial.